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Argumentos en contra del texto de Luis Alberto González

 


Argumentos en contra del texto de Luis Alberto González

Por Rodolfo Herrera Charolet

1. Uso excesivo de descalificativos personales

El texto recurre constantemente a adjetivos peyorativos y burlas —como “chivos en cristalería”, “horda de impreparados”, “tik tokers” o el mismo título comparativo con La Chimoltrufia— que desacreditan el tono crítico y restan seriedad al análisis. Si bien la crítica política puede ser severa, el uso de expresiones sarcásticas y ofensivas sustituye el análisis racional por la burla, debilitando la fuerza argumentativa.

La crítica pierde legitimidad cuando se convierte en ataque ad hominem.

 

2. Falta de equilibrio y enfoque tendencioso

El autor no ofrece una visión equilibrada: omite por completo cualquier argumento a favor de las leyes mencionadas o el contexto que las originó. Aunque señala que la intención de proteger a sectores vulnerables es loable, lo minimiza y desacredita sin matices.

El análisis crítico debe incluir los argumentos de ambas partes para tener mayor peso. Aquí se presenta una postura cerrada, absolutista y sin espacio para el matiz.

 

3. Generalizaciones apresuradas

Frases como “pareciera que legislan sobre las rodillas”, “aprueban al vapor”, “no leen” y “todo mundo está en contra” son generalizaciones no sustentadas con datos concretos, como estadísticas, análisis técnicos, actas de sesiones o entrevistas.

Generalizar sin evidencia impide diferenciar entre prácticas legislativas particulares y la conducta del Congreso en su conjunto.

 

4. Errores conceptuales sobre técnica legislativa

Aunque el autor menciona correctamente el principio de taxatividad penal (claridad y precisión en las normas penales), omite señalar que el Código Penal ya contiene tipos penales igualmente abiertos, como el de injurias, amenazas o daño moral, cuya interpretación queda a los jueces bajo criterios jurisprudenciales. No es nuevo ni exclusivo de esta ley.

Además, no considera que la afectación emocional o psicológica puede acreditarse pericialmente, por psicólogos o psiquiatras certificados, como ya ocurre en casos de violencia familiar, acoso escolar o laboral.

El argumento de que “nadie puede medir el dolor” es falaz: el dolor emocional se evalúa profesionalmente, aunque no sea exacto. Lo mismo sucede en muchos delitos de tipo moral o psicológico.

 

5. Supone intenciones sin demostrarlo

Se afirma que los foros legislativos “sólo explican las bondades de la ley” sin aportar evidencia de los contenidos de los foros, de los expositores ni de las preguntas abordadas. Así, el texto se adelanta a una conclusión sin datos.

Asumir intenciones políticas sin pruebas concretas se convierte en conjetura, no en crítica fundada.

 

6. Sobre la Ley Chaleco: falta de contexto y análisis constitucional

La crítica sobre la Ley del Chaleco o Casco se basa en la afirmación de que es “selectiva” y “da manga suelta al crimen”, sin argumentar cómo esto vulnera principios de igualdad o proporcionalidad. Tampoco se analiza si la ley busca regular una actividad económica específica (reparto vía apps), lo cual es común en leyes laborales o de transporte.

No toda diferenciación normativa es discriminación: el texto no distingue entre trato diferenciado y trato injustificado.

 

7. Falta de profundidad jurídica y técnica

Aunque el artículo menciona el principio de taxatividad y alude a la libertad de expresión, no profundiza en criterios jurídicos relevantes como el test tripartito de la Corte Interamericana, ni en los alcances del artículo 6º constitucional en materia de límites al discurso lesivo.

Una crítica jurídica sin referentes doctrinales o jurisprudenciales sólidos pierde capacidad de persuadir más allá del público indignado.

 

Conclusión:

El artículo de Luis Alberto González se sostiene más en una retórica indignada y descalificadora que en una crítica legal o política bien estructurada. Aunque apunta a problemas reales (como la técnica legislativa deficiente o la necesidad de consultas previas), los argumentos están formulados con tono estridente, sin evidencia concreta, ni rigor jurídico.

 

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