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¡¡¡Llévelo...Llévelo!!! Será baratísimo abortar de la semana 12

12 julio 2024


El aborto no será castigado con cárcel hasta las 12 semanas de gestación, y después de eso y antes del nacimiento, solo recibirá una pena levísima de entre 6 meses a 1 año, pese a que la segunda hipótesis podría ser equiparable al homicidio, de acuerdo al dictamen que hoy discutirá la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso, lo que representa el penúltimo paso hacia la despenalización del aborto en Puebla.

La iniciativa integrada por legisladores del Partido del Trabajo y de Morena, permite la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas y se impondrá de un mes hasta un año de cárcel a quien se someta al procedimiento después de este tiempo establecido.

El proyecto de dictamen, fue establecido por la bancada del Partido Morena, José Iván Herrera Villagómez, Daniela Mier Bañuelos, Carlos Alberto Evangelista Aniceto, Eliana Angélica Cervantes González; y por la bancada del Partido del Trabajo (PT) que integran Mónica Silva Ruiz, Nora Yessica Merino Escamilla, José Miguel Octaviano Huerta Rodríguez y Jorge Luis Vélez Pavía.

Este nuevo documento ya circula entre los diputados locales, aunque primero se turnará a comisiones para ser avalado y luego llegará al Pleno el próximo lunes 15 de julio.

El dictamen presentado ayer fue modificado, en comparación con el que inicialmente había promovido la bancada del PT, donde se derogaban las penas de cárcel y se cambiaban por trabajo comunitario a quien abortara después de las 14 semanas.

Ahora bien, este dictamen establece que se reformarán los artículos, 339, 340, 341, 342, y 343 del Código Penal de Puebla. El artículo 339 señala que en Puebla se denominará aborto a la interrupción del embarazo después de las 12 semanas de gestación.

El artículo 340 legislará que se impongan penas de seis meses a un año de prisión a la mujer o persona gestante que voluntariamente procure un aborto, pero después de las 12 semanas de embarazo.

En tanto, aquella persona que procure el aborto de una mujer bajo su consentimiento después de las 12 semanas de gestación se le aplicará de uno a tres años de prisión.

Ahora bien, en el término del aborto forzado, se reformará en el artículo 341, contemplando penas de cárcel de cuatro a ocho años a quien haga abortar a una gestante bajo cualquier término sin su consentimiento. Si ocupa algún tipo de violencia física o moral, se impondrán de ocho a diez años de prisión.

Por parte del artículo 343, el aborto no será sancionable bajo las cuatro causales ya permitidas en Puebla, que son bajo imprudencia de la mujer, cuando el embarazo sea el resultado de una violación, cuando la mujer corra peligro de muerte o el producto presente alteraciones genéticas.

Las anteriores causales quedan de la misma forma, luego que en la primera propuesta del PT se había incluido una quinta causal, con relación a la negación del servicio de una autoridad médica.

Reformas a la Ley de Salud y Constitución quedarán en vilo a la siguiente legislatura

En este sentido, la diputada local del PT, Mónica Silva señaló que se determinó contemplar las 12 semanas de gestación como homologación a lo dictaminado en la mayoría de los estados que lo han despenalizado.

De igual forma, Silva Ruiz recordó que no se tendrá una legislación a la Ley Estatal de Salud, ya que la siguiente legislatura tendrá que darle continuidad a ello y a la reforma a nivel constitucional para garantizar la interrupción como derecho.

En el caso de los servicios de salud, se brindaría el servicio de interrupción de embarazo a las mujeres hasta las 12 semanas sin que se considere como delito y ya no habría necesidad de la intervención de algunas asociaciones feministas bajo amparo, para que se pudiera prestar el servicio.



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