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El TSJ declara ilícitas 25 pruebas en el caso Paulina Camargo.

El Tribunal Superior de Justicia declara ilícitas 25 pruebas en el caso Paulina Camargo.Los magistrados de la Segunda Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia revocaron la sentencia condenatoria previa contra José María N., también conocido como José María Sosa o Chema, por los delitos de homicidio y aborto en agravio de Paulina Camargo Limón. La resolución, emitida el 18 de julio de 2025, determinó que 25 pruebas presentadas por el Ministerio Público resultaron ilícitas, incluida la confesión ministerial rendida por el acusado el 29 de agosto de 2015. Dicha confesión fue invalidada por falta de defensa técnica adecuada durante su emisión, en violación al artículo 20 constitucional, y derivó en la nulidad de diligencias posteriores como inspecciones, peritajes y reconstrucciones de hechos. El tribunal señaló que no se acreditó la muerte de Paulina Camargo ni las conductas atribuidas al imputado para privarla de la vida, quedando solo probado que José María N. fue la última persona en verla con vida. Se ordenó su inmediata liberación, aunque esta no se concretó en su momento. 18 de julio de 2025.La confesión se obtuvo en condiciones irregulares según el expediente.José María N. denunció que su declaración inicial fue obtenida mediante tortura física y psicológica durante la detención e interrogatorio. Reportó golpes en diversas partes del cuerpo, asfixia con bolsas de plástico, simulación de ahogamiento con agua, vendaje de ojos, desnudez forzada y sujeción de extremidades. El fallo judicial se centró en la ausencia de defensa adecuada, pero el expediente registró estas acusaciones de coacción. La invalidación de esta prueba provocó un efecto dominó que anuló evidencias derivadas, como la inspección al domicilio en Infonavit La Margarita realizada el 26 de agosto de 2015 sin orden judicial ni presencia del acusado o su defensor, videos de seguridad con inconsistencias técnicas, dictámenes genéticos, periciales en criminalística, psicología, informática y medicina forense, así como la reconstrucción de hechos. 29 de agosto de 2015 (fecha de la confesión); 18 de julio de 2025 (resolución).El Ministerio Público no probó el homicidio ni el aborto.La Fiscalía General del Estado no logró demostrar la muerte de Paulina Camargo Limón, embarazada de cuatro meses al momento de su desaparición el 25 de agosto de 2015, ni las acciones específicas del imputado para causarla. El tribunal enfatizó la ausencia de cadáver y la falta de nexo causal para configurar los delitos imputados. Incluso con perspectiva de género, se indicó que esta no sustituye la necesidad de pruebas válidas ni permite condenas basadas en conjeturas. La resolución destacó la impericia del Ministerio Público en la integración de la carpeta de investigación y la invalidez de actos derivados de la confesión nula. Se mantiene acreditada la desaparición de la joven, pero no vincula penalmente a José María N. por los tipos penales procesados. 25 de agosto de 2015 (fecha de la desaparición); 18 de julio de 2025.Personas citadas:
  • Paulina Camargo Limón (víctima desaparecida el 25 de agosto de 2015).
  • José María N. / José María Sosa / Chema (acusado absuelto).
  • Víctor Carrancá Bourguet (ex procurador mencionado en el contexto de la investigación).
  • Juan Jesús Gutiérrez Estrada (magistrado de la Segunda Sala Penal).
  • Raymundo Israel Mancilla Amaro (magistrado ponente).
  • Ma. del Carmen Negrete Abascal (secretaria de Estudio y Cuenta con funciones de magistrada).

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