Valle Fantástico será el Parque Metropolitano


PUEBLA. El Juez Segundo Civil de Cholula consideró procedente la acción iniciada por el gobierno del Estado para recuperar el predio conocido como Parque Metropolitano, que durante años albergó de manera ilícita el centro de diversiones Valle Fantástico del empresario Ricardo Henaine y que fue otorgado como donación onerosa por el gobernador Melquiades Morales Flores y presuntamente autorizado por el H. Congreso del Estado.

En un comunicado, la Secretaría de Servicios Legales y Defensoría informó que la demanda tiene como sustento la imposibilidad jurídica de donar a un tercero un parque público —patrimonio de los poblanos—, por lo que no puede dársele categoría de propiedad privada, pese a que haya existido un proceso de donación. Con el fallo del juez, la administración podrá ocupar el terreno de aproximadamente 18.7 hectáreas de extensión bajo el término legal de “posesión definitiva”. El terreno identificado como UDU SA-18 fracción correspondiente al Parque Metropolitano se mantiene tomado por policías desde el 12 de marzo.

El comunicado oficial es el siguiente:
Comunicación Social
18 de Diciembre de 2011
Puebla, Pue., a 18 de Diciembre de 2011.

El pasado 16 de diciembre, el Juez Segundo Civil de Cholula, consideró procedente la acción iniciada por el gobierno del Estado para recuperar el predio conocido como Parque Metropolitano.

La demanda tiene como sustento la imposibilidad jurídica de donar a un tercero un parque público, que es patrimonio de todos los poblanos, y de ahí que NUNCA pueda ser propiedad privada, sin importar el precio que se haya fijado como carga en la donación (ahora nula) realizada en 2004.

Hace tan sólo 10 meses, el 8 de marzo de 2011 el gobierno del Estado presentó una demanda de inexistencia y nulidad de diferentes actos jurídicos, en contra de Fundación Alejo Peralta y Díaz Ceballos, I.A.P., Instituto Poblano del Deporte, Asociación Mexicana para la Difusión y Fomento del Deporte, A.C., BBVA Bancomer, Notario Público No. 2 del Distrito Judicial de Cholula, Notario Público No. 42 del Distrito Judicial de Puebla, Notario Público No. 31 del Distrito Judicial de Puebla, Notario Público No. 55 del Distrito Judicial de Puebla, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Inmobiliaria Hena, S.A. de C.V., Promotora y Desarrolladora de Espectáculos Internacionales, S.A. de C.V., Prodein Comercial, S.A. de C.V., Grupo Mantenimiento de Giros Comerciales, S.A. de C.V., Servicios Corporativos CIE, S.A. de C.V., Chavero Chávez Hermanos, S.A. de C.V., Show Chávez Chavero, S.A. de C.V., Blanca María del Socorro Alcalá Ruíz, Rubén Cuevas Plancarte, Eduardo Macip Zúñiga, Carlos Arredondo Contreras, Gerardo Francisco Bárcena Compean, Héctor Jiménez y Meneses, Carlos Palafox Vázquez, Javier López Zavala, Gerardo María Pérez Salazar, Víctor Manuel Sánchez Ruíz, José Javier García Ramírez y Carlos Manuel Meza Vivieros.

24 de los demandados celebraron un Convenio de Conciliación aceptando los términos de la demanda entablada por el Gobierno del Estado, y solamente Inmobiliaria Hena, S.A. de C.V., BBVA Bancomer, Promotora y Desarrolladora de Espectáculos Internacionales, S.A. de C.V. y Prodein Comercial, S.A. de C.V. rechazaron llevar a cabo la conciliación prevista por el artículo 220 del Código de Procedimientos Civiles del Estado.

Una vez desahogadas todas las pruebas y escuchadas las partes, el juez emitió una sentencia por la que resolvió, entre otras cosas:

· “SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA… Del acuerdo e instrucciones de segregación de una fracción del predio del Fideicomiso y la donación a título oneroso de dicha fracción a favor de Inmobiliaria Hena, S.A. de C.V., de fecha 11 de febrero de 2004.”

· Así como “… ordenarse a los Notarios que tiraron los instrumentos en que se hicieron constar esos actos, que los cancelen en sus respectivos protocolos y a los Registradores de la Propiedad, las tildaciones de las inscripciones consecuentes.”

· Igualmente “… se condena a todos y cada uno de los demandados a abstenerse de realizar actos positivos u omisiones graves que tiendan a interferir o a menoscabar el uso y destino que tienen tales bienes (Parque Metropolitano). Por ende, se declara que el Estado ejerce su derecho de propiedad y se confirma la posesión definitiva que se confirió en la medida cautelar constitucional.”

Con dicha sentencia se confirma que los actos realizados por el Gobierno del Estado para recuperar el Parque Metropolitano están apegados a derecho, al ser una autoridad judicial quien los haya refrendado.