Policías portan armas por licencia colectiva


PUEBLA, Ene. 25, 2012
Vocera de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado informó que los policías portan armas en virtud de una licencia colectiva expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional, desvirtuando las afirmaciones temerarias difundidas el día de ayer, en la que funcionarios de la administración municipal de Puebla afirmaron que no contaban con dicha licencia.

El comunicado informa:
Secretaría de Seguridad Pública estatal es la titular de la Licencia Oficial Colectiva Número 38 expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional

H. Puebla de Zaragoza  a 25 de enero de 2012
En relación a las declaraciones emitidas en día de ayer por funcionarios del municipio de Puebla en las que se señala la falta de trámite de la Licencia Oficial Colectiva me permito hacer las siguientes precisiones:
Efectivamente la Secretaría de Seguridad Pública estatal es la titular de la Licencia Oficial Colectiva Número 38 expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), misma que está perfectamente vigente y es extensiva a todos los cuerpos de seguridad pública del estado, municipios y juntas auxiliares que tienen armamento de cargo.
Todos los integrantes de los cuerpos de seguridad pública, deben de contar con un registro que se denomina Clave Única de Identificación Policial (CUIP) misma que es tramitada ante el Sistema Nacional de Seguridad Pública vía el Consejo Estatal de Seguridad.
Los elementos de los cuerpos policiacos que tengan bajo su resguardo armamento de cargo deberán ser incluidos dentro de la Licencia Oficial Colectiva, trámite que es realizado ante la SEDENA por personal de la Secretaría de Seguridad Pública estatal encargado de la mesa de armamento, y deberán contar con los requisitos que se enlistan:
· Constancia de tener modo honesto de vivir. Expedido por los titulares de sus corporaciones.
·  Haber cumplido con el Servicio Militar Nacional.
· Presentar certificado médico que compruebe que no se cuenta con algún impedimento físico o psicológico, expedido por un profesional debidamente acreditado.
· Constancia de no haber sido condenado por algún delito cometido con el empleo de arma de fuego.
·  Certificado de no consumo de drogas, enervantes o psicotrópicos (toxicológico).
En el caso, diversas corporaciones municipales han acudido a realizar los trámites correspondientes ante la mesa de armamento a los cuales se les ha dado el curso ante la SEDENA.
Particularmente, el municipio de Puebla no ha realizado trámite alguno de los elementos que integran su policía municipal y en consecuencia no ha acreditado los requisitos que establece el artículo 26 fracción I de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Además el Ayuntamiento de Puebla  rechazó incluirse dentro del “Programa de Credencialización y Acreditación” de la Policía Estatal Preventiva, argumentando que haría su propio programa.
Cabe destacar que buena parte de los integrantes del cuerpo municipal de policía tienen certificación de ejercicios pasados por tanto, no se encuentran cometiendo alguna irregularidad al usar armamento.
La Secretaría de Seguridad Pública estatal mantiene una estrecha relación con los presidentes municipales y sus encargados de la seguridad y de manera permanente se les presta el servicio a través de la mesa de armamento de la Policía Estatal.
Por lo anterior, el Secretario de Seguridad Pública Ardelio Vargas Fosado reitera su disposición para orientar a cualquier presidente municipal en la regularización de los cuerpos de seguridad pública.
L.C.C. Cristina Ortiz López
Enlace de Comunicación de la Secretaría de Seguridad Pública estatal y Procuraduría General de Justicia de Puebla