Rodrigo Fernando López Sainz de Juambelz

Historial del Expediente: 1573/2015
Federal
Circuito:
Circuito 1 - DISTRITO FEDERAL
Organismo:
Segundo de Distrito, Admin, competencia Económica, Radiodifusión y Tel.
Tipo:
Amparo Indirecto
Expediente:
1573/2015
Nombre del quejoso:
Rodrigo Fernando López Sainz de Juambelz
Autoridades:
Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones
Fecha del Acuerdo Fecha de Publicación Acuerdo
24/08/2015
25/08/2015
Vista la certificación de cuenta, se declara que el acuerdo en el que se decretó el sobreseimiento fuera de audiencia del presente juicio de amparo, HA CAUSADO EJECUTORIA. Por tal motivo, háganse las anotaciones correspondientes y al no haber diligencias pendientes por realizar, archívese el presente expediente. Por otra parte, devuélvanse a la parte quejosa las documentales que haya exhibido en copia certificada o simple en el presente juicio. Asimismo, y dado que de la certificación secretarial de cuenta se advierte que obra por separado la copia certificada del oficio de veinticinco de junio de dos mil quince, resguardada en el seguro del Juzgado se encomienda al secretario encargado del asunto que de inmediato realice su destrucción, por ser innecesaria su conservación. NOTIFÍQUESE.
03/08/2015
04/08/2015
Vistas las constancias que integran el expediente en que se actúa, se hace efectivo el apercibimiento decretado y se ordena continuar con el tramite del presente sumario constitucional. Ahora bien, se estima que en el caso, han cesado los efectos del acto reclamado. Es factible decretar el sobreseimiento fuera de audiencia. Por lo tanto, se deja sin efectos la fecha para la celebración de la audiencia constitucional señalada en autos. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
21/07/2015
27/07/2015
POR NO HABER ACUDIDO A NOTIFICARSE A ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL DENTRO DE LOS DOS DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA ENTREGA DEL CITATORIO, SE NOTIFICA POR LISTA A LA PARTE QUEJOSA, EL PROVEÍDO DE VEINTIUNO DE JULIO DE DOS MIL QUINCE, CUYA SÍNTESIS, EN LO QUE INTERESA, SEÑALA: Agréguese el escrito de cuenta, signado por el quejoso; en atención a su contenido, requiérase al ocursante para que dentro del término de tres días, ratifique el ocurso de que se trata...
21/07/2015
22/07/2015
Agréguese el escrito de cuenta, signado por el quejoso; en atención a su contenido, requiérase al ocursante para que dentro del término de tres días, ratifique el ocurso de que se trata. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA. 
08/07/2015
09/07/2015
Vista la certificación de cuenta, SE DIFIERE la celebración de la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y en su lugar se fijan las NUEVE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL SEIS DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE, para que tenga verificativo. NOTIFÍQUESE. 
03/07/2015
06/07/2015
Autoridades responsables dependientes del Instituto Federal de Telecomunicaciones, rinden su informe justificado; con su contenido, dese vista a las partes. De igual modo, téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones de las autoridades responsables en cita el que señalan, y como delegados a las personas que designan. Téngase como pruebas de las autoridades responsables de mérito las documentales que en copia certificada se acompañaron al ocurso que se provee. Ahora bien, se estima procedente que las documentales que nos ocupan estén a disposición de las partes y sean agregadas en autos. Consecuentemente, dese vista a las partes con las constancias de mérito. Por otra parte, se ordena el resguardo en el seguro del juzgado de la documental que se precisa. NOTIFÍQUESE. 
15/06/2015
16/06/2015
Se le autoriza a la parte quejosa la consulta vía electrónica de las constancias que integran el presente expediente, a través de la cuenta registrada en el portal de internet del Consejo de la Judicatura Federal con el nombre de usuario que se indica. NOTIFÍQUESE. 
09/06/2015
10/06/2015
Se admite a trámite la demanda de amparo. Sin que deba tramitarse el incidente de suspensión del acto reclamado. Dese la intervención que legalmente corresponde a la agente del Ministerio Público de la Federación adscrita. De igual manera, requiérase a las autoridades responsables para que dentro del término de quince días, rindan su informe justificado, en los términos que se precisan. Se fijan las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL OCHO DE JULIO DE DOS MIL QUINCE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. Se tienen como pruebas de la parte quejosa las documentales que exhibió, así como la instrumental de actuaciones y la presuncional en su doble aspecto, legal y humano. Ahora bien, se autoriza a la totalidad de las partes el uso de medios electrónicos. NOTIFÍQUESE.