Error de FpM evita registro local como partido político

 El partido de Gerardo Islas Maldonado, Fuerza por México, no logrará obtener su registro en Puebla, a pesar de haber logrado el tres por ciento de la votación total en el estado, pues el partido de nueva creación no postuló candidatos a alcaldes en al menos el 50 por ciento de los municipios, tal como lo establece el Código Electoral Local.


La única esperanza para que subsistiera Fuerza por México era la aspiración al registro local, pues no alcanzó el mínimo del 3 por ciento que pide la Ley Electoral para mantener su registro como fuerza política nacional ya que, en la contienda de las diputaciones federales sólo alcanzó el 2.48 por ciento del total de votos  emitidos.

Aunque el dirigente nacional del partido, Gerardo Islas Maldonado, insistió que no perderían el registro a nivel local, ya que el Código Electoral establece que superó la votación del tres por ciento en las diputaciones locales, con lo cual bastaría para que el IEE lo aceptara como un nuevo integrante de la ‘chiquillada’ de la política.

Islas Maldonado tiene la razón parcialmente, pues si bien lo que señaló está estipulado en la Ley, el artículo 31 del Código de Instituciones y Proceso Electorales del Estado de Puebla (COIPE), estipula un requisito más para los partidos que perdieron su registro nacional y optaron por la obtención del registro estatal.

En el caso de que no alcancen el tres por ciento a nivel federal, podrán ser acreditados como partidos locales aquellos que alcancen el tres por ciento en la votación de diputaciones estatales o presidencias municipales. Sin embargo, para esto deberán haber inscrito al menos el 50 por ciento de candidatos para ambos cargos.

Fuerza por México sólo registró 103 aspirantes a presidentes municipales para este proceso electoral. Para que cumpliera con el 50 por ciento de los 217 cargos de alcalde que se contendieron en Puebla, necesitaba haber candidateado a 108, es decir, estuvo a sólo cinco de cumplir con la cuota que marca la Ley.

“(…) el Consejo General deberá verificar que en la elección estatal inmediata anterior, dicho partido hubiere obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida y hubiere postulado candidatos propios en al menos la mitad de los municipios y distritos en el Estado, condición con la cual se le tendrá por cumplido y acreditado el requisito del número mínimo de militantes con que debe contar”, dice a la letra el artículo 31 del COIPE.

Con esto, Gerardo Islas Maldonado ni siquiera logró tener los requisitos solicitados para haber ganado el registro del partido que creó Pedro Haces en el estado del cual es originario, esto debido a un error en cuanto al cumplimiento de lo que establece la Ley, aunque detectaron que obtuvieron el tres por ciento de los votos necesarios.