Alteración de expediente: dos resoluciones contradictorias en caso Forcelledo
Tras la difusión pĆŗblica del caso, el juez Enrique Romero Razo ordenó modificaciones en las actuaciones del Juzgado Segundo de lo Civil y Penal de Cholula respecto a la liberación de Manuel Forcelledo Nader. AngĆ©lica RodrĆguez Zamora emitió dos resoluciones con fecha 12 de mayo de 2026 que presentan contenidos opuestos. La primera resolución decretó el cese de la prisión preventiva impuesta a Manuel Forcelledo Nader y ordenó sustituirla por medidas cautelares, entre ellas firma periódica semanal, prohibición de acercarse a vĆctimas y testigos, restricción para salir del paĆs y uso de brazalete electrónico. El documento estableció textualmente la inmediata libertad del sentenciado una vez cumplidos los trĆ”mites y dispuso su traslado a domicilio por elementos de la SubsecretarĆa de Centros Penitenciarios.
Un oficio nĆŗmero 490 girado al director del Centro Penitenciario de Puebla solicitó dejar en inmediata libertad a Manuel Forcelledo Nader por la causa penal 109/2014, detallando las nuevas medidas cautelares. Posteriormente, una segunda resolución firmada tambiĆ©n por AngĆ©lica RodrĆguez Zamora negó la modificación de la prisión preventiva y ratificó que Manuel Forcelledo Nader debĆa permanecer recluido en el penal de San Miguel, manteniendo vigente la medida por 12 meses mĆ”s.
Los documentos en el expediente muestran inconsistencias fĆsicas, como sobreposición de hojas y alteraciones en las actuaciones donde se sustituyeron pĆ”ginas. Los sellos de los documentos presentan irregularidades, con una tercera parte del sello del juzgado visible en ambas actas, lo que indica posibles modificaciones posteriores. Estas alteraciones se produjeron despuĆ©s de que el caso alcanzara atención pĆŗblica.
La existencia de ambas resoluciones contradice la versión inicial de Enrique Romero Razo, quien habĆa afirmado que nunca se autorizó la libertad. El Consejo de la Judicatura intervino en el caso los dĆas 14 y 15 de mayo, asegurando computadoras, discos duros y correos institucionales del juzgado, incluyendo los equipos utilizados por Enrique Romero Razo y personal jurisdiccional. El objetivo de la diligencia fue rastrear quiĆ©n ordenó los cambios en el expediente y quiĆ©n participó en la sustitución de la resolución original. Manuel Forcelledo Nader fue condenado a 76 aƱos de prisión por el feminicidio de Karla López Albert. El caso permanece bajo investigación por posibles irregularidades en las actuaciones judiciales.
Un oficio nĆŗmero 490 girado al director del Centro Penitenciario de Puebla solicitó dejar en inmediata libertad a Manuel Forcelledo Nader por la causa penal 109/2014, detallando las nuevas medidas cautelares. Posteriormente, una segunda resolución firmada tambiĆ©n por AngĆ©lica RodrĆguez Zamora negó la modificación de la prisión preventiva y ratificó que Manuel Forcelledo Nader debĆa permanecer recluido en el penal de San Miguel, manteniendo vigente la medida por 12 meses mĆ”s.
Los documentos en el expediente muestran inconsistencias fĆsicas, como sobreposición de hojas y alteraciones en las actuaciones donde se sustituyeron pĆ”ginas. Los sellos de los documentos presentan irregularidades, con una tercera parte del sello del juzgado visible en ambas actas, lo que indica posibles modificaciones posteriores. Estas alteraciones se produjeron despuĆ©s de que el caso alcanzara atención pĆŗblica.
La existencia de ambas resoluciones contradice la versión inicial de Enrique Romero Razo, quien habĆa afirmado que nunca se autorizó la libertad. El Consejo de la Judicatura intervino en el caso los dĆas 14 y 15 de mayo, asegurando computadoras, discos duros y correos institucionales del juzgado, incluyendo los equipos utilizados por Enrique Romero Razo y personal jurisdiccional. El objetivo de la diligencia fue rastrear quiĆ©n ordenó los cambios en el expediente y quiĆ©n participó en la sustitución de la resolución original. Manuel Forcelledo Nader fue condenado a 76 aƱos de prisión por el feminicidio de Karla López Albert. El caso permanece bajo investigación por posibles irregularidades en las actuaciones judiciales.


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