Bernardino de Rivadavia


Fuente: Rodolfo Herrera Charolet. Cholula 2000. 2a. Edición, México 2002.
Foto: Monumneto de Bernardino de Rivadavia.





Cholula de Rivadavia. El 13 de febrero de 1895 por Decreto del XIII Congreso Constitucional del Estado y en honor del ciudadano argentino Benardino de Rivadavia se denominó al distrito como Cholula de Rivadavia.





Cholula de Rivadavia. Incorrectamente se ha llamado a la ciudad sagrada como Cholula de Rivadavia. La denominación del ilustre argentino, fue dado al Distrito y no a la ciudad, el decreto correspondiente mediante el Documento No.6727 del 13o Congreso. dice "Comisión de Gobernación. H. Legislatura. La República Argentina acaba de tener la deferencia que nunca le agradeceremos bastante, de poner el nombre de Juárez a uno de sus distritos. Esta prueba de admiración a uno de nuestros más grandes hombres exige de nuestra parte una manifestación de gratitud y de correspondencia, que solo podemos dar haciendo lo mismo que ha hecho aquella república, poniendo a alguno de nuestros distritos el nombre de uno de sus héroes. Puebla es, sin género de duda, por sus gloriosas hechos, el Estado más conocido en todo el Continente y es aquí donde debemos apresurarnos a corresponder a nuestra hermana del Sur su manifestación de simpatía. Es a su vez Cholula por su importancia en la Historia del Imperio que se hundió en las sombras con la muerte de Cuauhtemoc, el Distrito al que mejor que a otro cualquiera podemos bautizar con el nombre de algún ilustre argentino. Y para que exista alguna analogía entre el pasado de Cholula, teniendo en consideración la resistencia que allá se puso al Conquistador Castellano, nos ocurre el nombre del glorioso General Rivadavia héroe de la independencia de la referida República. Estamos seguros de que V.H. encontrará justo y prudente corresponder a los sentimientos amistosos de una de las más avanzadas Naciones Hispano-Americanas y por lo tanto esperamos que se sirvais aprobar el siguiente proyecto de decreto para el que pedimos dispensa de todo trámite: Art. único.- El Distrito de Cholula se denominará en lo sucesivo: Cholula de Rivadavia. Salón de Sesiones. Puebla de Zaragoza, Febrero 12 de 1895. Rúbricas. Agregados al Documento No. 6727. Remitimos a U. copia del proyecto que ha de discutirse en la sesión de mañana en el que se propone que el Distrito de Cholula se denomine en lo sucesivo "Cholula de Rivadavia". Sirvase U. Acusarnos recibo y aceptar las protestas de nuestro aprecio. Febrero 12/95. Gob. del Esta.pa. Para los efectos legales, tenemos la honra de remitir a U. el decreto, que previene que el Distrito de Cholula se denomine en lo sucesivo "Cholula de Rivadavia". Febrero 13/95. Gob.del Esta.Pa. Documento No.550 En la parte superior un escudo nacional y la leyenda. Gobierno del Estado Libre y Soberano de Puebla. No. 550. A los Secretarios del Congreso del Estado. Presentes. Puebla, 13 de Febrero de 1895. Por el atento oficio de Ustedes no. 76, fecha de ayer, quedo enterado de que hoy se discutirá en esa Cámara el proyecto de decreto en el cual se propone que el Distrito de Cholula en lo sucesivo se denomine "Cholula de Rivadavia". Reitero a Uds. mi particular aprecio. Rúbricas. Documento No.592.- En la parte superior un escudo nacional y la leyenda. Gobierno del Estado Libre y Soberano de Puebla. No. 592. A los Secretarios del Congreso del Estado. Presentes. Puebla, 18 de Febrero de 1895. con el atento oficio de Uds. No. 78 fecha 13 del mes actual, se recibió en esta Secretaría el decreto que previene que el Distrito de Cholula se denomine en lo sucesivo "Cholula de Rivadavia". Reitero a Uds. mi particular aprecio. Rúbricas. Cholula de Rivadavia. "Agustín Mora, gobernador interino constitucional del estado libre y soberano de Puebla, a sus habitantes, sabed: Que por la secretaría del Congreso se me ha comunicado el siguiente decreto: el 13o. Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, decreta: Artículo Unico: el distrito de Cholula se denominará en lo sucesivo Cholula de Rivadavia. El gobernador hará publicar, circular y obedecer el presente decreto. Dado el el palacio del congreso. Puebla de Zaragoza, febrero 13 de 1895 M. Muñoz, D.VP. Juan Crisóstomo Bonilla. D. S. V. Vergara D. S. Por tanto, mando se imprima, publique y circule, para sus efectos, Palacio del Departamento Ejecutivo, Puebla de Zaragoza, febrero 13 de 1895. Agustín Mora A. M. Fernández, secretario general".