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La ley ignorada: simulación, lavado y el delito que nadie persigue

La ley ignorada: simulación, lavado y el delito que nadie persigue


Lo que tipifica el Código Penal… pero nadie aplica

Por: JosƩ Herrera
15 de julio de 2025

Durante años, el edificio ubicado en Leibnitz 40, en la colonia Anzures de la Ciudad de México, fue presentado como un hotel boutique. Después, como un centro de espionaje al servicio de Genaro García Luna. Hoy, es el epicentro de una triangulación financiera que involucra a prestanombres, cuentas offshore, transferencias millonarias y una empresaria cercana al poder presidencial.

Y, sin embargo, no hay ningĆŗn proceso penal en curso.

El presente capítulo aborda qué delitos podrían configurarse con los hechos documentados, qué leyes han sido posiblemente violadas, y por qué las autoridades no actúan, pese a tener los elementos en la mesa.

1. Simulación de acto jurídico

Artículo 253 del Código Penal Federal

“Comete el delito de simulación quien finja la existencia de un acto jurĆ­dico con el propósito de obtener un beneficio indebido o eludir una obligación legal.”

La supuesta venta del inmueble no fue inscrita ante el Registro PĆŗblico de la Propiedad.
Tampoco existe evidencia de cesión de acciones en el Registro Público de Comercio.
Sin embargo, se usó esa narrativa para justificar el depósito de 4.5 millones de dólares.

➡️ PodrĆ­a configurarse una simulación de compraventa para encubrir una transferencia de origen irregular.

2. Lavado de dinero (recursos de procedencia ilĆ­cita)

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI)
Artículo 400 bis del Código Penal Federal

“Comete lavado de dinero quien adquiera, administre o utilice recursos con conocimiento de que proceden de una actividad ilĆ­cita.”

Los fondos que recibió Julia AbdalÔ provienen de cuentas identificadas por la UIF como parte del esquema de desvíos encabezado por García Luna y los Weinberg.

➡️ El uso de esos recursos para la adquisición o control de empresas (como B White S Suite) constituye una probable operación de blanqueo patrimonial.

3. Enriquecimiento ilĆ­cito

Artículo 224 del Código Penal Federal

“Comete el delito de enriquecimiento ilĆ­cito el servidor pĆŗblico que no pueda justificar el incremento de su patrimonio, o el de las personas con las que tenga relación, respecto de sus ingresos lĆ­citos.”

Aunque Julia AbdalĆ” no es servidora pĆŗblica, su pareja, Manuel Bartlett, sĆ­ lo es.
Y conforme al criterio jurisprudencial de la Suprema Corte, la omisión de incluir en la declaración patrimonial los bienes de personas con las que se guarda una relación afectiva o convivencia permanente puede constituir una forma de encubrimiento patrimonial indirecto.

➡️ Es posible exigir la responsabilidad patrimonial indirecta de Bartlett, al menos en tĆ©rminos de declaración incompleta o conflicto de interĆ©s.

 4. Omisiones fiscales

Código Fiscal de la Federación — Art. 109 y 110

“Comete delito fiscal quien omita declarar ingresos acumulables o realice operaciones simuladas.”

Julia AbdalĆ” no ha justificado pĆŗblicamente haber declarado esos ingresos ante el SAT.
Tampoco hay constancia de pago de impuestos por la supuesta “cesión onerosa” de acciones.
AdemÔs, la empresa B White S Suite no registró actividad económica proporcional al flujo financiero reportado.

➡️ El SAT podrĆ­a fincar crĆ©ditos fiscales por evasión, omisión de ingresos y discrepancia patrimonial.

5. Asociación delictuosa y encubrimiento

Artículo 164 y 400 del Código Penal Federal

“Asociación delictuosa se configura cuando tres o mĆ”s personas se reĆŗnen para cometer delitos. El encubrimiento ocurre cuando se ayuda a un autor de delito a evadir la acción de la justicia.”

Los vĆ­nculos entre AbdalĆ”, los Weinberg, Roybell International Inc, y las empresas pantalla en PanamĆ” y Barbados, podrĆ­an constituir una red para ocultar la procedencia y destino del dinero.

➡️ Si se prueba que los involucrados actuaron coordinadamente para simular operaciones, podrĆ­a configurarse una asociación ilĆ­cita, aĆŗn sin violencia.

¿Por quĆ© no hay denuncias?

Todos estos delitos requieren voluntad polĆ­tica para ser perseguidos.

  • La FGR puede iniciar investigaciones de oficio en delitos patrimoniales y financieros.

  • El SAT puede iniciar auditorĆ­as sin denuncia previa, con solo revisar la discrepancia entre ingresos y depósitos.

  • La UIF puede congelar cuentas por presunción fundada, incluso sin resolución judicial.

Y sin embargo, nada de eso ha ocurrido.

 EpĆ­logo: la legalidad como artificio

El caso AbdalĆ”–Weinberg no solo es un escĆ”ndalo polĆ­tico o un escudo de impunidad.
Es una demostración de cómo la ley puede dejar de ser aplicada cuando el poder estÔ de por medio.
El Código Penal tipifica.
La ley fiscal obliga.
La ley de prevención de lavado de dinero establece mecanismos claros.
Pero el Estado elige mirar hacia otro lado.

La ley estĆ” escrita.
Lo que falta es quien quiera usarla.

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