Cremado o Enterrado


La Iglesia católica prohibió durante muchos siglos la cremación porque, en gran medida, se asociaba con prácticas paganas y, más tarde, con movimientos anticlericales que la promovían como una forma de negar la creencia cristiana en la resurrección de los muertos.

Sin embargo, la prohibición fue modificada en el siglo XX:

  • El 5 de julio de 1963, el Pablo VI, mediante la instrucción Piam et Constantem del entonces Santo Oficio, autorizó la cremación siempre que no fuera elegida para negar la fe cristiana o la doctrina de la resurrección.
  • En 1983, el nuevo Código de Derecho Canónico confirmó esta autorización. El canon 1176 establece que la Iglesia recomienda conservar la costumbre de sepultar los cuerpos, pero no prohíbe la cremación.
  • En 2016, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe publicó la instrucción Ad resurgendum cum Christo, que reafirmó la legitimidad de la cremación, pero indicó que las cenizas deben conservarse en un lugar sagrado, como un cementerio o columbario, y no dispersarse en el aire, mar o tierra ni conservarse habitualmente en domicilios particulares.

¿Por qué cambió la postura?

La Iglesia concluyó que la cremación, por sí misma, no contradice la fe en la resurrección. Según la doctrina católica, Dios puede resucitar a una persona independientemente del estado físico de sus restos, ya sea que el cuerpo se haya descompuesto naturalmente, haya sido destruido por un incendio o haya sido cremado.

Resumen cronológico

  • Siglos I–XIX: preferencia absoluta por la inhumación (entierro).
  • 1886: condena formal de la cremación promovida por movimientos anticristianos.
  • 1963: autorización de la cremación por Pablo VI.
  • 1983: incorporación de la autorización al Derecho Canónico.
  • 2016: normas específicas sobre la conservación de las cenizas.

Por lo tanto, desde 1963 la cremación es permitida por la Iglesia católica, aunque el entierro tradicional sigue siendo la práctica preferida.