Nuevo testimonio señala a “El Pato” en el caso Paco Stanley
22 de agosto de 2026
Jorge Godoy López, presentado como testigo protegido de la Administración de Control de Drogas de Estados Unidos, señaló a Carlos Acevedo, conocido como “El Pato”, como presunto autor material del asesinato de Paco Stanley, ocurrido el 7 de junio de 1999 en la Ciudad de México. Durante una conferencia, Godoy López afirmó que Acevedo habría recibido la orden de disparar contra Stanley. La declaración representa una nueva versión sobre un caso que permanece sin una determinación judicial definitiva respecto de los responsables del homicidio. El señalamiento fue difundido públicamente 27 años después de los hechos.
Según el relato de Godoy López, el móvil estaría relacionado con cuatro millones de dólares que habrían sido entregados a Stanley para una presunta operación de lavado de dinero. El testigo sostuvo que el dinero no habría sido devuelto y que esa situación habría originado la orden de ejecución. También declaró que conoció información sobre el homicidio mientras colaboraba con autoridades estadounidenses y que comunicó los datos a uno de sus superiores, sin que se iniciara una investigación sobre esa versión. Añadió que permaneció en silencio durante más de dos décadas debido a amenazas y a las restricciones relacionadas con su condición de testigo protegido dentro del expediente por el asesinato de Enrique “Kiki” Camarena Salazar.
Las declaraciones forman parte del documental Testigos: la verdad tiene voz. Caso Paco Stanley, producido por Juan Carlos Uribe. El testimonio no ha sido confirmado mediante una resolución ministerial o judicial y tampoco acredita, por sí mismo, la participación de Carlos Acevedo ni la existencia de la operación financiera mencionada. La información disponible señala que esta versión será presentada ante las autoridades, pero que todavía no existe confirmación oficial. El señalamiento deberá ser confrontado con documentos, registros financieros, antecedentes de investigación y otros testimonios. Mientras no exista una determinación de autoridad competente, los nombres y circunstancias referidos deben considerarse parte de una declaración testimonial y no hechos judicialmente acreditados.

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