El Cinismo de un Alcalde Cuestionado
Leoncio Paisano se perfila para 2027 en San Andrés Cholula
10 de octubre de 2026
Por Rodolfo Herrera Charolet
Leoncio Paisano Arias reapareció en el escenario político de San Andrés Cholula durante el informe de Guadalupe Cuautle y manifestó nuevamente interés en participar en el proceso electoral de 2027. Su regreso no puede presentarse simplemente como el de un militante del PAN que busca otra oportunidad. Su administración quedó acompañada por auditorías, denuncias, observaciones sobre contratación pública, investigaciones relacionadas con el ejercicio de recursos y procesos judiciales que lo mantuvieron aproximadamente un año privado de la libertad. El 30 de septiembre de 2020, la Auditoría Superior del Estado presentó una denuncia derivada de presuntas irregularidades detectadas durante su gestión y posteriormente se integraron nuevas actuaciones ministeriales. Entre los expedientes relacionados con su administración se investigaron posibles conductas de abuso de autoridad, peculado y operaciones vinculadas con proveedores cuestionados. Nada de ello equivale a una sentencia condenatoria. Pero tampoco desaparece porque comience un nuevo proceso electoral.
Existe además una dimensión política difícil de ignorar. Resulta, cuando menos, cínico que un exalcalde cuya administración produjo observaciones millonarias, denuncias, investigaciones y datos de prueba que, en su momento, fueron considerados suficientes por una autoridad judicial para vincularlo a proceso por abuso de autoridad, reaparezca como si el expediente público perteneciera ya al archivo muerto. Recuperar la libertad no borró las observaciones administrativas ni anuló las auditorías. La presunción de inocencia debe respetarse, pero los expedientes de la Auditoría Superior del Estado también deben investigarse hasta sus últimas consecuencias y, cuando existan elementos jurídicos suficientes, judicializarse. Una cosa es no prejuzgar y otra, bastante distinta, dar por cerrado lo que todavía exige explicación.
Paisano fue detenido el 13 de abril de 2021 y quedó vinculado a proceso dentro de una primera causa penal. Meses después obtuvo una resolución de amparo que modificó su situación cautelar; sin embargo, el 24 de septiembre de ese año fue reaprehendido mediante una orden distinta relacionada con otro procedimiento y volvió a quedar sujeto a proceso por abuso de autoridad. Posteriormente combatió la prisión preventiva justificada mediante el amparo 18/2022. El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito determinó que la resolución que lo mantenía encarcelado no estaba suficientemente fundada y motivada para demostrar el riesgo procesal necesario y ordenó una nueva audiencia.
El 12 de abril de 2022 recuperó su libertad mediante medidas cautelares distintas, entre ellas garantía económica y presentación periódica. La resolución no significó absolución ni determinó que las acusaciones fueran falsas. Corrigió la fundamentación de la prisión preventiva. Al momento de recuperar su libertad, la vinculación a proceso permanecía vigente. La diferencia es elemental: salir de prisión no equivale a recibir una declaración de inocencia.
La controversia judicial tampoco terminó ahí. El asunto llegó a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación mediante el amparo en revisión 382/2023, derivado del juicio de amparo indirecto 943/2022 y del amparo en revisión 315/2022. El 13 de marzo de 2024, la Primera Sala resolvió por unanimidad que, en la materia sometida a revisión, la Justicia de la Unión no lo amparaba ni protegía, y devolvió los autos al Tribunal Colegiado para los efectos correspondientes. La resolución no implica una condena penal ni valida automáticamente todas las acusaciones, pero confirma que la litigación federal continuó años después de su liberación. En las fuentes públicas consultadas no aparece una resolución posterior que permita sostener con certeza que todas las causas concluyeron mediante absolución, condena o sobreseimiento definitivo; tampoco sería correcto afirmar sin revisar cada expediente que todas permanecen abiertas en 2026. Ese desenlace es, precisamente, una explicación pendiente frente a cualquier nueva aspiración electoral.
En ese mismo periodo aparecieron actuaciones relacionadas con presuntas irregularidades en la construcción del DIF municipal. Los expedientes revisados registraron un monto de 54 millones 783 mil 193 pesos con 4 centavos asociado con observaciones sobre ese proyecto. La defensa sostuvo que una suspensión de amparo impedía ejecutar una nueva orden de aprehensión. Por separado, Miguel Barbosa declaró públicamente que existieron deficiencias en actuaciones relacionadas con otro procedimiento. Por ello resulta impreciso afirmar simplemente que Paisano “salió libre por errores en la carpeta”. El dato jurídicamente relevante es otro: una resolución federal consideró insuficiente la justificación de la prisión preventiva. Esa determinación no resolvió las observaciones administrativas relacionadas con su gobierno.
Los resultados de fiscalización agregaron otra dimensión. En la revisión del ejercicio 2018, la Auditoría Superior del Estado examinó 577 millones 464 mil 974.85 pesos de un universo de 859 millones 468 mil 777.27 pesos. Entre los procedimientos derivados de esa revisión aparece el pliego 0602-18-09/04-CP-PO-01, con un probable daño o perjuicio a la Hacienda Pública por 81 millones 132 mil 123.07 pesos, relacionado, entre otros aspectos, con documentación insuficiente sobre reintegros a la Tesorería de la Federación y recursos públicos no ejercidos. Otro pliego, 0602-18-09/04-CP-PO-02, consignó 2 millones 144 mil 348.86 pesos por diferencias no solventadas en flujos de efectivo y ausencia de documentación comprobatoria.
La entrega-recepción tampoco dejó un panorama administrativo menor. De un padrón de 6 mil 856 usuarios y contribuyentes, faltaban 1,056 expedientes físicos; de una relación de 173 escrituras públicas, fueron entregadas 143. También quedaron documentados expedientes incompletos, ausencia de información administrativa, convenios sin seguimiento y deficiencias en archivos de distintas áreas. En Catastro se identificó un proyecto de modernización por 7 millones 287 mil 980.27 pesos respecto del cual la revisión incorporada al expediente señaló falta de evidencia suficiente sobre la prestación de servicios o entrega de bienes. Otro pliego de control interno, 0602-18-09/04-CI-PO-01, estableció un probable daño o perjuicio por 67 millones 96 mil 30.48 pesos. Son procedimientos distintos y no deben sumarse mecánicamente como si representaran un solo daño patrimonial definitivo.
También fueron revisadas contrataciones relacionadas con el último informe de gobierno. La documentación recopilada identifica 12 contratos con 11 proveedores por 10 millones 265 mil 401.34 pesos. Entre las erogaciones aparecen 2 millones 194 mil 140 pesos por impresión de cuadernillos, 1 millón 547 mil 600 pesos por elaboración profesional del informe y 974 mil 416.24 pesos por audio, iluminación y escenografía, además de artículos promocionales, publicidad, alimentos y logística. Algunas investigaciones sobre contratación pública incluyeron proveedores con inconsistencias fiscales, domicilios sin actividad empresarial visible o dificultades posteriores para su localización. También aquí conviene distinguir entre proveedores cuestionados, observaciones de fiscalización y determinaciones fiscales firmes.
El conjunto de antecedentes convierte la pretensión electoral de Paisano en algo más serio que una disputa interna del PAN. La discusión no debería reducirse a saber cuántos votos conserva, cuántos operadores mantiene o qué tan bien puede aparecer en una encuesta. La pregunta es si una persona cuya administración produjo observaciones millonarias, denuncias, vinculaciones a proceso y litigios que alcanzaron incluso a la Suprema Corte puede pretender regresar al gobierno sin explicar, punto por punto, qué ocurrió finalmente con cada expediente.
Paisano tiene derecho a ejercer sus defensas, promover amparos y reclamar la presunción de inocencia. Eso es elemental. También lo es que los expedientes de fiscalización deben aclararse, solventarse o, cuando existan elementos jurídicos suficientes, llevarse ante las autoridades competentes para que determinen responsabilidades. La libertad obtenida en 2022 fue consecuencia de una revisión constitucional de una medida cautelar. No fue una sentencia absolutoria sobre el conjunto de hechos relacionados con su administración.
Su reaparición rumbo a 2027 coloca una responsabilidad adicional sobre el PAN de San Andrés Cholula. El partido deberá decidir si sus procesos internos medirán únicamente competitividad electoral o también antecedentes de fiscalización, rendición de cuentas y ejercicio del poder. Y Paisano tendrá que explicar cuál fue el desenlace definitivo de los expedientes que marcaron el final de su administración y por qué considera que esos antecedentes no deberían pesar en una nueva aspiración.
Porque una cosa es recuperar la libertad y otra recuperar la confianza pública. La primera puede derivar de una resolución judicial. La segunda exige algo más incómodo: cuentas claras.
¿O no lo cree usted?
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