Obligación de Declarar Préstamos Familiares ante el SAT
Recibir un préstamo entre particulares, ya sea de un familiar o un amigo, puede considerarse una transacción privada, pero si el monto supera los 600 mil pesos —individual o acumulado en el año—, la Ley del Impuesto Sobre la Renta obliga a los contribuyentes personas físicas residentes en México a declararlo en su declaración anual para evitar interpretaciones erróneas por parte del Servicio de Administración Tributaria. Esta norma busca promover la transparencia fiscal y prevenir la evasión, ya que, aunque los préstamos genuinos no generan ingreso gravable ni utilidad inmediata, su omisión podría llevar a que el SAT los reclasifique como ingresos no declarados, desencadenando multas de hasta 35 mil pesos, recargos mensuales por mora y posibles auditorías exhaustivas que compliquen la situación tributaria del declarante. En contextos donde las operaciones financieras se escudriñan con mayor rigor, como en la era digital del SAT, ignorar esta disposición no solo implica riesgos económicos, sino también demoras en trámites futuros relacionados con créditos o subsidios.Para cumplir con esta exigencia y minimizar complicaciones, es esencial documentar el préstamo de manera formal desde el inicio: redactar un contrato claro que especifique el monto, plazos de devolución, intereses (si aplican) y condiciones de pago, preferentemente mediante transferencia bancaria con conceptos explícitos para generar trazabilidad. Si el préstamo proviene de una persona moral y se recibe en efectivo, debe presentarse un aviso especial al SAT mediante el formato 86-A dentro de los 15 días hábiles posteriores, respaldado por estados de cuenta y recibos que sirvan como evidencia en caso de revisiones. Contar con el asesoramiento de un experto fiscal resulta clave para navegar estas reglas, especialmente en un panorama donde el SAT ha fortalecido su vigilancia sobre flujos entre particulares, asegurando que las operaciones familiares no se conviertan inadvertidamente en un foco de sanciones evitables.


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