Será legal la prisión oficiosa para huachicoleros y corruptos

El gobierno publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma que amplía el catálogo de los delitos que de ahora en adelante tendrán prisión oficiosa. La medida comienza a aplicarse al siguiente día de la publicación del decreto.

Viernes, Abril 12, 2019.
El código penal incluirá prisión preventiva para abuso o violencia sexual contra menores; para el feminicidio; el robo a casa habitación; y el uso de programas sociales con fines electorales.

También recibirán prisión oficiosa quienes cometan actos de corrupción; los que roben combustible, conocidos como huachicoleros; los que roben transporte de carga; los que cometan desaparición forzada; y quienes porten armas de fuego de uso exclusivo de las fuerzas armadas.

En su página de Twitter, el Diario Oficial de la Federación publicó un mensaje en el que informó que se declara reformado el Artículo 19 de la Constitución.

“12_04_2019 Decreto por el que se declara reformado el Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa”.

En el texto se indica que las autoridades sólo podrán dictar prisión preventiva para garantizar la comparecencia de los imputados.

“El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso”.

Las autoridades indican que la medida se deberá evaluar a los 5 años de haberse puesto en marcha el decreto.

“Se deberá evaluar conforme a los criterios del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la eficacia de esta medida cautelar, y la eficiencia del sistema penal acusatorio, mediante informes emitidos, por el gobierno federal y los gobiernos de las entidades federativas, tomando en cuenta a los poderes judiciales respectivos, así como a las fiscalías o procuradurías correspondientes y organismos de protección de los derechos humanos”.