Gobernador de Indios

La república de indios tuvo una injerencia y una relación activa y valiosa en la vida social del pueblo indígena de Cholula, aunque en su etapa última decayera derivado de la política de la Corona, que le privó de toda capacidad de maniobra, así como el incremento de la burocracia real y por las complicidades, negligencia o intereses ajenos a lo público, que favoreció la malversación del patrimonio de los macehualtin.
A finales del siglo XVI y dieciséis años después de la gran matanza cholulteca, el pueblo indígena fue reconocido, a la metrópoli prehispánica se le concedió el título de ciudad[1] y cabecera de un distrito que abarcó a diversos pueblos de la región.
Dentro del distrito estaban sujetos los pueblos con importantes asentamientos indígenas y en 1714 el pueblo de San Andrés Cholula se constituyó como república de indios. Por otro lado, en lo eclesiástico Cholula fue cabeza de doctrina.
El concepto de la república como la comunidad y el pueblo, esto es, el cuerpo total de individuos que forman la sociedad, estuvo muy bien definido en España al tiempo de la Conquista y como tal fue trasladado al Nuevo Mundo, en especial a la Nueva España, de tal forma que la república de naturales, se inició con la presencia española en la Nueva España. La Corona reconoció la preexistencia de las comunidades políticas indias y les asignó el nombre de "repúblicas" distinguiéndose la república de “indios” y la de “españoles”. Las dos coexistieron en un pueblo, o ciudad, distintas e independientes una de otra, y la suma de ambas se denominaba la república de la ciudad o de los vecinos.
La república de naturales fue concebida y funcionó como uno de los cuerpos dentro del sistema político de la monarquía española, de tal forma que los funcionarios indios mostraron una misma línea de obediencia y acato a las normas coloniales, con mandato superior y local ejercido por los agentes del poder real. Nada ocurrió por la secularización de las doctrinas de los regulares o por la expulsión de los jesuitas. Ni las acciones de la reforma borbónica dirigidas contra sus repúblicas en 1784 para capitalizar el Banco Nacional de San Carlos, ni escasez de maíz como la de 1785, ni la imposición del dos por ciento sobre las existencias de los bienes de comunidad, ni los impuestos creados por el clero para el techado de la capilla real, quebrantaron la fidelidad de los indios de Cholula. Los indígenas fueron sometidos y en la mayoría de los casos explotados por sus propias autoridades superiores, entre ellos, los gobernadores de indios.
“(47) Tambien tienen abieso quando elijen a algun moço por gobernador: la primera vez para auerle de dar el cargo, lleuanlo de madrugada al río los ansianos y principales del pueblo y bañanlo como ofresiendoselo al rio, para que le sea fauorable para que en adelante asiente en el cargo que empieça a exercer…”[2].
En todo momento existió una relación entre el cuerpo de funcionarios de pueblos de naturales con el esquema institucional del ayuntamiento castellano, con particularidades en la figura del gobernador. Al conjunto de oficiales de la república se les llamó curiales o justiciales. En la cabecera de distrito de gobierno indio. Así en el año de 1590 por Orden de la Real Audiencia al corregidor de Cholula, se le pide que informe de todo lo conveniente sobre cómo fue electo  el gobernador don Cristóbal Jiménez[3] y en el año de 1592, se hace su nombramiento de gobernador del pueblo indios de Cholula, indio principal de dicho pueblo, por un año.
Como puede observarse en el debate contenido en el documento de 1590, las deficiencias en las comunicaciones de la época, permitía que “alguna irregularidad” provocará que el mandato de “un año” se prolongara por mayor tiempo, posteriormente, el ejercicio del cargo se promovía como costumbre, por la experiencia adquirida o por la propia acumulación de poder, algunos nombramientos destacados de 1590, 1592 y 1595 dan cuenta de la designación reiterada de Cristóbal Jiménez, quien se reeligió para periodos posteriores.
Otras elecciones importantes que consolidaron el poder político de un grupo que propició la acumulación de la riqueza en pocas manos, se evidencia de los registros de 1596 cuando fue designado de don Joaquín de Paredes, indio principal de Cholula. En 1661 de Juan Pascual Roldán. En el periodo 1732-1734 de Juan Miguel Roldán, y en el año de 1776 de Manuel Félix Grande Axotlán; En estos periodos abundan los juicios notariales, en la mayoría (como es de esperarse), el problema son los “indios” que no pagan sus impuestos, que están presos, que arriendan bienes públicos para pasar posteriormente a ser propiedad privada de ex funcionarios o casa tenientes, terrenos estériles, que se inconforman o que “venden” sus propiedades para salir de la cárcel o pagar deudas.


[1] Por Cédula Real del Príncipe Felipe II de España y otorgada por el emperador Carlos V, el 27 de octubre de 1535, se concedió a Cholula el título de Ciudad. El 19 de junio de 1540, el emperador Carlos V y su madre doña Juana otorgaron el Escudo de Armas.

[2] Del Paso y Troncoso, Francisco. Tratado de las idolatrías, supersticiones, dioses, ritos, hechicerías y otras costumbres gentílicas de las razas aborígenes de México, México, Fuente Cultural de la Librería Navarro, 1953, Tomo II, pp. 17-180.

[3] El titulo de don solo se daba a los reconocidamente nobles, españoles o indios.